Planes de Igualdad en Empresas

Ámbito Laboral Privado

Obligatorio: > 50 Trabajadores
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Diagnóstico

Negociado con representantes (selección, retribuciones, acoso...).

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Negociación

Con representantes legales. Medidas, estrategias y objetivos.

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Elaboración

Conjunto ordenado de medidas evaluables.

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Registro

Obligatorio inscribir en el Registro de Planes de Igualdad.

¿Cuándo más es obligatorio?

  • Si lo establece el Convenio Colectivo.
  • Por acuerdo en procedimiento sancionador (sustitución de sanción accesoria).

Transparencia

Se garantiza el acceso a la información sobre el contenido del plan a la representación legal de los trabajadores.