La Ley 41/2002 establece los pilares sobre los que se asienta la relación clínico-asistencial, centrada en la dignidad y autonomía de la persona. Define un marco de derechos y obligaciones para pacientes, profesionales e instituciones sanitarias.
Los principios básicos que rigen toda actuación sanitaria son:
- Consentimiento libre y voluntario: Cualquier intervención en el ámbito de la salud requiere, como regla general, el consentimiento previo del paciente.
- Libertad de elección: El paciente tiene derecho a decidir libremente entre las opciones clínicas que le presente el profesional sanitario.
- Derecho a la negativa: La persona afectada puede negarse al tratamiento, una decisión que debe constar por escrito.
- Deber de colaboración: Los pacientes tienen el deber de facilitar los datos sobre su estado de salud de forma leal y veraz.
En cuanto a los derechos, destacan:
- Derecho a la Información Sanitaria: El titular es siempre el paciente. La información puede facilitarse a familiares o personas vinculadas si el paciente lo autoriza. Este derecho puede ser limitado si el propio paciente renuncia a ser informado o si el médico, por razones objetivas, considera que la información puede perjudicar gravemente su salud (estado de necesidad terapéutica).
- Derecho a la Intimidad: Se garantiza la confidencialidad de todos los datos relativos a la salud, y nadie puede acceder a ellos sin autorización legal.