El Estatuto Marco establece un conjunto de derechos y deberes que conforman el núcleo de la relación de servicio del personal estatutario, buscando un equilibrio entre las garantías profesionales y las responsabilidades hacia los usuarios y el sistema.
Derechos Fundamentales: Se dividen en individuales y colectivos.
- Derechos Individuales: Incluyen el derecho a la estabilidad en el empleo, a la carrera profesional, a percibir las retribuciones puntualmente, a la formación continuada, a la movilidad voluntaria y a un descanso adecuado mediante vacaciones y permisos. Destaca también el derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud laboral.
- Derechos Colectivos: Comprenden la libre sindicación, el derecho a la huelga (garantizando siempre los servicios esenciales), la negociación colectiva para regular sus condiciones de trabajo y la participación en los órganos de representación.
Deberes Esenciales: Son la contrapartida a los derechos y garantizan una prestación del servicio de calidad.
- El personal tiene el deber de respetar la Constitución y el resto del ordenamiento jurídico, ejercer su profesión con lealtad y eficacia, y mantener actualizados sus conocimientos y aptitudes.
- Es fundamental el respeto a la dignidad e intimidad de los usuarios, así como el deber de mantener la confidencialidad de la información a la que tengan acceso por sus funciones.