La atención sanitaria debe centrarse en el paciente, un principio basado en obligaciones legales y éticas. La Ley 41/2002 de autonomía del paciente es la normativa clave que establece el respeto a la dignidad, autonomía e intimidad como pilares fundamentales.
Para el celador, esto se traduce en acciones concretas:
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Dignidad: Dirigirse al paciente por su nombre y explicarle los procedimientos que se le van a realizar.
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Intimidad: Asegurarse de que el paciente esté siempre cubierto durante los traslados y proteger su privacidad cerrando puertas.
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Secreto Profesional: El celador tiene el deber de guardar secreto sobre toda la información sensible a la que acceda. La vulneración de la confidencialidad, regulada por el RGPD y la Ley 41/2002, es una falta grave.