No aportar originales como regla, copias auténticas, digitalización y registro electrónico.
Copias auténticas y digitalización
- Cada Administración determina los órganos competentes para expedir copias auténticas.
- La copia auténtica garantiza identidad del órgano y del contenido y produce la misma validez y eficacia que el original.
- La copia en papel de documento electrónico incorpora un código u otro sistema que permita contrastar autenticidad.
- La digitalización convierte papel a formato electrónico incorporando metadatos y garantías de autenticidad.
Registro y archivo electrónico
- Cada Administración dispone de Registro Electrónico General, interoperable con registros de organismos vinculados.
- Se expide recibo con fecha, hora y número de entrada, y acreditación de documentos anexos.
- Debe mantenerse archivo electrónico único de documentos de procedimientos finalizados, conforme a la normativa aplicable.
- Conservación, seguridad, integridad, autenticidad, confidencialidad y accesibilidad guían la gestión documental.