Distingue identificación y firma, sujetos obligados y asistencia a la ciudadanía.
Identificación, firma y asistencia electrónica
- Identificar acredita quién actúa; firmar acredita además voluntad y consentimiento.
- La firma se exige, entre otros casos, para solicitudes, declaraciones responsables, recursos, desistimientos y renuncias.
- Las Administraciones deben asistir a quienes no están obligados a relacionarse electrónicamente.
- Quien está obligado a usar medios electrónicos debe emplearlos en sus trámites administrativos.
Derechos de las personas ante la Administración
- Comunicarse por un Punto de Acceso General electrónico y ser asistidas en el uso de medios electrónicos.
- Utilizar las lenguas oficiales, acceder a información pública y ser tratadas con respeto.
- No aportar documentos que ya obren en poder de la Administración o hayan sido elaborados por otra Administración.
- Exigir responsabilidades y obtener/proteger sus datos personales conforme al ordenamiento.