Pérdida de la Condición de Funcionario de Carrera

La condición de funcionario de carrera, caracterizada por su permanencia, solo puede perderse por las causas tasadas que establece el artículo 63 del EBEP.

Las causas de pérdida de esta condición son:

  1. La renuncia: Debe ser manifestada por escrito y aceptada expresamente por la Administración. No inhabilita para volver a ingresar en la Función Pública.
  2. La pérdida de la nacionalidad: Se pierde la condición de funcionario si se pierde la nacionalidad (española o de un país de la UE) que se tuvo en cuenta para el nombramiento, salvo que se adquiera simultáneamente la de otro de dichos Estados.
  3. La jubilación total del funcionario: Ya sea voluntaria, forzosa o por incapacidad permanente.
  4. La sanción disciplinaria de separación del servicio: Debe tener carácter firme y es la sanción más grave que se puede imponer a un funcionario.
  5. La pena principal o accesoria de inhabilitación: Impuesta por sentencia judicial firme, ya sea absoluta (para todos los cargos) o especial (para el cargo que se ocupa).