El artículo 54 del EBEP detalla los principios de conducta, que son las pautas de comportamiento que deben guiar la actuación diaria de los empleados públicos en el ejercicio de sus funciones.
- Trato con los demás: Tratar con atención y respeto a los ciudadanos, superiores y al resto de compañeros.
- Desempeño del trabajo: Realizar las tareas de forma diligente, cumpliendo la jornada y el horario establecidos.
- Obediencia: Obedecer las instrucciones y órdenes de los superiores, salvo que constituyan una infracción manifiesta del ordenamiento jurídico. En ese caso, se deben poner en conocimiento de los órganos de inspección.
- Uso de Recursos Públicos: Administrar los bienes públicos con austeridad y no utilizarlos en provecho propio o de personas allegadas, velando por su conservación.
- Regalos y Favores: Rechazar cualquier regalo, favor o servicio en condiciones ventajosas que vaya más allá de los usos sociales y de cortesía habituales.
- Formación y Seguridad: Mantener actualizada su formación y cualificación, y observar las normas sobre seguridad y salud laboral.
- Atención al ciudadano: Garantizar la atención en la lengua que lo solicite, siempre que sea oficial en el territorio.