Los ciudadanos tienen derecho a elegir el médico y el centro sanitario donde desean ser atendidos, tanto en atención primaria como especializada.
Elección en Atención Primaria (Decreto 60/1999):
- Se puede elegir médico de familia y pediatra entre los existentes en el municipio de residencia.
- La elección se puede realizar en cualquier momento, pero una vez elegido un facultativo, deben transcurrir al menos tres meses para realizar una nueva elección.
- Se puede gestionar a través de ClicSalud+.
Elección de Médico Especialista y Hospital (Decreto 128/1997):
- Los usuarios de atención primaria pueden elegir el facultativo especialista u hospital público para consultas programadas médicas y quirúrgicas.
- La elección se realiza a través del médico de atención primaria, quien proporcionará la información necesaria sobre especialistas, horarios y tiempos de espera.