Idea clave
No se indemnizan daños que no podían preverse o evitarse según el estado de la ciencia o técnica, sin perjuicio de ayudas legales.
Ley 40/2015 · Responsabilidad patrimonial
No se indemnizan daños que no podían preverse o evitarse según el estado de la ciencia o técnica, sin perjuicio de ayudas legales.
La cuantía se calcula conforme a criterios legales, valor de mercado y baremos aplicables.
Se toma como referencia el día de la lesión, actualizando y añadiendo intereses cuando corresponda.
Puede sustituirse por compensación en especie o pagos periódicos si es adecuado y hay acuerdo.
Material de estudio elaborado a partir del temario aportado. Contrasta siempre las normas con su versión consolidada vigente.