Idea clave
La nulidad puede revisarse de oficio con dictamen favorable del órgano consultivo.
Ley 39/2015 · Procedimiento administrativo común (II)
La nulidad puede revisarse de oficio con dictamen favorable del órgano consultivo.
Lesividad: la Administración impugna sus actos favorables anulables ante la jurisdicción.
Alzada contra actos que no agotan vía; reposición potestativa contra los que sí la agotan.
Interponer recurso no suspende por sí mismo la ejecución, aunque puede acordarse suspensión.
Material de estudio elaborado a partir del temario aportado. Contrasta siempre las normas con su versión consolidada vigente.