La Ley 39/2015 establece un nuevo marco de derechos y obligaciones para la relación electrónica entre los ciudadanos y las Administraciones Públicas (AAPP).
- Derecho a elegir el canal: Las personas físicas pueden elegir si se comunican con las AAPP por medios electrónicos o no.
- Obligación de relacionarse electrónicamente (Art. 14.2): Ciertos colectivos están obligados a usar medios electrónicos. Esto incluye:
- Personas jurídicas.
- Entidades sin personalidad jurídica.
- Profesionales colegiados.
- Empleados públicos para trámites relacionados con su condición.
- Quienes representen a un interesado que esté obligado.
- Asistencia en el uso de medios electrónicos: Es un derecho de los ciudadanos, especialmente para aquellos no habituados a su uso.
- Interconexión: Todas las AAPP deben estar interconectadas mediante plataformas comunes para el intercambio de información.